MINUTA DE RENTAL CAR JC10AUTOS

Modelo de contrato de arriendo de vehículo

JC10autos Renta de vehículos, el tramite en este sitio web es valido llenando el formulario, el cual cada uno de los datos registrados aplicaran a la información requerida en la minuta de renta,  y el pago es necesario para la confirmación de la reserva.   

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULO JC10 AUTOS

1. RENTA DE VEHICULOS JC10AUTOS

NOMBRE DEL ARRENDADOR: JUAN CAMILO DIEZ GIRALDO
IDENTIFICACIÓN: 1.017.169.714

NOMBRE DEL ARRENDATARIO:
IDENTIFICACIÓN
DIRECCIÓN ARRENDADOR
TELÉFONO:
CORREO ELECTRÓNICO:

VALOR DEL CANON x DIA: $
DURACIÓN:

FORMA DE PAGO:
FECHA DE INICIO: HORA:
FECHA DE ENTREGA: HORA:

DEPOSITO: $

Entre los suscritos a saber se ha celebrado el contrato de arrendamiento de Vehículo Automotor, que se rige por la legislación comercial colombiana y además por las siguientes cláusulas:

PRIMERA. El ARRENDADOR entrega al ARRENDATARIO en alquiler un Vehículo Automotor de las siguientes características:

PLACA:
MARCA:
LINEA:
MODELO:
COLOR:
MOTOR:
CHASIS:
CAPACIDAD:
SERVICIO:
KILOMETRAJE :

2. SEGUNDA

El vehículo se entrega en perfecto estado de funcionamiento, las condiciones externas e internas del vehículo están en buen estado, además se entrega con llanta de repuesto y kit básico de carreteras.

3. TERCERA

El valor del arrendamiento del vehículo automotor de la referencia será de COP $___________________ por día.

Parágrafo: El término de duración del presente contrato es de _____ Días , contados desde el _____________________ hasta el día _________________, el cual podrá ser prorrogado de mutuo acuerdo durante la vigencia del contrato, con previo acuerdo de las partes.

4. CUARTA

Destinación: El ARRENDATARIO destinará el vehículo automotor para el uso personal y particular, de tal manera, que el arrendatario no podrá subarrendar, permitir que terceros lo utilicen o darle un uso comercial o público al vehículo.

5. QUINTA. Conducción:

El vehículo automotor será conducido por EL ARRENDATARIO o persona delegada por este e informada previamente al ARRENDADOR, con fines de transporte privado dentro del (los) departamento (s) de ______________________

En caso de que el ARRENDATARIO decida salir del departamento, deberá indicar esta situación al ARRENDADOR, de lo contrario, el ARRENDATARIO acepta se carguen los sobrecostos y multas estipuladas en este contrato, o, que dependiendo del incumplimiento el ARRENDADOR o el sistema de monitoreo realice el apagado remoto del vehículo.

El ARRENDATARIO se obliga a no violar los límites pasajeros que establece el fabricante del vehículo automotor, ni las normas de tránsito.

6. SEXTA

El ARRENDATARIO se constituye como tenedor y por ende custodio del vehículo automotor, asumiendo todas las responsabilidades civiles y penales que tal condición implica, desde su entrega y hasta tanto se proceda a la debida devolución al ARRENDADOR.

7. SÉPTIMA

Devolución: Al finalizar el término del contrato, el ARRENDATARIO deberá devolver el vehículo automotor en el mismo estado en que fue recibido, salvo el desgaste natural del vehículo automotor; lavado y con el tanque de gasolina al mismo nivel que fue recibido. La devolución del vehículo deberá realizarse en lugar acordado por las partes.

8. OCTAVA

Responsabilidades del Arrendatario. El ARRENDATARIO del vehículo automotor, será responsable de:

1. Cualquier daño atribuible por dolo o culpa al ARRENDATARIO, causado al vehículo durante el tiempo que el automotor esté en poder del ARRENDATARIO.
2. Los daños atribuibles por dolo o culpa al ARRENDATARIO, causados con el vehículo automotor a los bienes o integridad de los pasajeros o de terceras personas durante el tiempo que el automotor esté en poder del ARRENDATARIO.
3. Las infracciones al Código Nacional de Tránsito, conductas tipificadas en el Código Penal o responsabilidades contractuales o extracontractuales de carácter civil, que se cometan durante el tiempo que el vehículo automotor esté en poder del ARRENDATARIO.
4. La seguridad de los bienes y personas que se movilicen en el vehículo.
5. Mantener en buen estado el vehículo automotor.

6. Pagar los sobrecostos y sanciones que se causen por el uso del vehículo y que se encuentren definidos en este contrato.

7. Comunicarse con el ARRENDADOR y con la Aseguradora, en caso de avería del vehículo.

8. Entregar el vehículo en la fecha, hora y estado acordado.

Parágrafo: El ARRENDATARIO exime de toda responsabilidad al ARRENDADOR, de los daños o perjuicios que se ocasionen en el vehículo, los bienes o personas que se movilicen en él o a los bienes e integridad de terceros.

9. NOVENA

Responsabilidades del ARRENDADOR. Estas corresponden a:

1. Entregar en óptimas condiciones técnicas el vehículo para el uso por el cual esta ha sido contratado.
2. Garantizar su derecho de dominio sobre el bien mueble objeto del presente contrato.
3. Entregar el vehículo con la documentación al día, esto es SOAT y REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA (en caso de requerirse).
4. Tener el vehículo asegurado, con servicio de carro grúa y responsabilidad civil.
5. Recibir el vehículo en la fecha y hora acordada.

10. DÉCIMA

Prohibiciones. Queda prohibido al ARRENDATARIO:

1. Infringir las normas establecidas en el Código Nacional de Transito
2. Dar un uso no autorizado al vehículo
3. Realizar reparaciones o modificaciones al vehículo que no hayan sido consultadas y aprobadas por el ARRENDADOR.
4. Utilizar el vehículo para cometer conductas tipificadas en el Código Penal
5. Salir del territorio habilitado para la movilización, sin autorización del ARRENDADOR.

El incumplimiento de cualquier obligación o prohibición descritas en este contrato da derecho al ARRENDADOR a imponer las sanciones, sobrecostos o multas que se describen en este contrato.

11. DÉCIMA PRIMERA

 SANCIONES, SOBRECOSTOS Y MULTAS. En caso de ocurrencia de una o varias conductas establecidas en las cláusulas octava y decima del contrato, el ARRENDATARIO faculta al ARRENDADOR, para que cargue contra la garantía o cobre adicionalmente los valores por sanciones, sobrecostos o multas que se generen, así:

1. Por cada día o fracción que día de retraso en la entrega del vehículo no informado y aceptado por el ARRENDADOR, se cobrará el valor del arrendamiento por día más un sobrecosto correspondiente 20% diario.
2. Por daños al vehículo, el ARRENDATARIO deberá cancelar el valor total de la reparación, de acuerdo a la cotización entregada por el concesionario.
Adicionalmente, en caso de que la reparación del vehículo requiera la permanencia del mismo en un taller, se aplicará lo estipulado en el numeral primero de este artículo.

Por daños o perjuicios a bienes o integridad de terceros, EL ARRENDATARIO deberá cancelar el valor del deducible de la póliza de seguro, más lo estipulado en el numeral primero de este artículo.
3. En caso de salir de los límites territoriales para el uso del vehículo, sin notificación y autorización previa por parte del ARRENDADOR, se genera un sobrecosto del 25% por el día o fracción de día que el carro este por fuera del límite.
Dependiendo de la distancia en que se encuentre el vehículo del limite territorial, el ARRENDATARIO acepta y acusa conocimiento de que el sistema satelital de monitoreo o el ARRENDADOR, pueden realizar el apagado remoto del vehículo.
4. En caso de abandono del vehículo el ARRENDATARIO deberá cancelar el valor total de los gastos de desplazamiento en que deba incurrir el ARRENDADOR.
5. EL ARRENDATARIO asume todos los costos por infracciones, cursos y defensa jurídica que se deban realizar por las transgresiones a las normas de transito que registren por el uso que le dio durante la vigencia del contrato, en la plataforma SIMIT, RUNT, o secretarias de transito municipales, y hasta los 60 días siguientes al uso del vehículo.
6. En caso de uso imprudente del vehículo que sea registrado desde el sistema de monitoreo satelital del vehículo, por exceso de velocidad (superior a 100Km/h), el ARRENDADOR, podrá generar el cobro de una multa equivalente al 20% del valor de un día, por infracción.
7. En caso de que el ARRENDATARIO realice la entrega del vehículo sin lavarlo, deberá asumir el valor de un alistamiento general ofrecido por JC 10 AUTOS.
8. En caso de que el ARRENDATARIO realice la entrega del vehículo con un nivel menor de combustible, deberá asumir el valor diferencial.

12. DECIMA SEGUNDA

Deposito en Garantía. El ARRENDATARIO entregará en calidad de garantía la suma de $__________________________, la cual, el ARRENDADOR devolverá dentro de los 20 días hábiles siguientes a la entrega del vehículo, con los descuentos que se hayan realizado (en caso de requerirse).

13. DECIMA TERCERA

Merito Ejecutivo. Este contrato presta merito ejecutivo, por lo tanto, el ARRENDADOR podrá hacer exigible judicialmente los emolumentos que llegaren a ser adeudados por el ARRENDATARIO.

14. DECIMA CUARTA

Mera tolerancia. La mera tolerancia de EL ARRENDADOR en relación con el incumplimiento, cumplimiento parcial, tardío o defectuoso por parte del ARRENDATARIO, de cualquiera de las obligaciones que estos asumen en virtud del presente Contrato, no se entenderá como una modificación a las obligaciones del ARRENDATARIO o la renuncia de EL ARRENDADOR a ejercer los derechos y prerrogativas que establece el Contrato en su favor.

15. DECIMA QUINTA

 Notificaciones: Todos los avisos, notificaciones y comunicaciones entre LAS PARTES se consideran debidamente efectuados, si se realizan a los datos, indicados a continuación:

EL ARRENDADOR:

Dirección: Cra 27 # 23 Sur – 135 Transv Intermedia – Envigado (Ant)
Correo electrónico: jc10autos@gmail.com
WhatsApp: 300 3618517 – 301 6412905

EL ARRENDATARIO:

DIRECCIÓN ARRENDADOR
TELÉFONO:
CORREO ELECTRÓNICO:

DECIMA SEXTA: Solución de Conflictos. En caso de conflicto entre las partes de este Contrato de Arrendamiento de vehículo automotor relativa a este contrato, su ejecución y liquidación, deberá agotarse una diligencia de transacción privada o de conciliación ante cualquier entidad autorizada para efectuarla en el domicilio del ARRENDADOR, si esta fracasa, LAS PARTES podrán acudir a la jurisdicción ordinaria, para que un juez de la republica dirima la controversia.

DECIMA SÉPTIMA- SARLAFT. Las PARTES manifiestan de manera expresa que no tiene o ha tenido relación alguna con actividades prohibidas o calificadas por la ley como delictivas.

Parágrafo. El ARRENDADOR manifiesta que el origen del vehículo automotor, mencionado en la referencia puesto arrendamiento es licito y no tiene conexión alguna con actividades relacionadas con lavados de activos y financiación del terrorismo. En el mismo sentido, el ARRENDATARIO manifiesta que los recursos con los que son cancelados los valores por concepto del arrendamiento del vehículo provienen de fuentes licitas.

DECIMA QUINTA- Autorización para Tratamiento de Datos, autorizo para que mis datos personales y documentos físicos y/o digitales aportados sean tratados por EL ARRENDADOR, en ocasión de esta relación contractual; esto implica, la reproducción, custodia, consulta y reporte en bases de datos, realizar llamadas, envió de mensajes por medios físicos o electrónicos. EL ARRENDATARIO autoriza de manera permanente e irrevocable al ARRENDADOR para realizar el monitoreo y seguimiento de los trayectos del vehículo mientras es usado por el ARRENDATARIO, igualmente, para custodiar o guardar en cualquier otro medio idóneo de almacenamiento de información, los documentos, las llamadas telefónicas, mensajes de WhatsApp, o correos electrónicos entrantes y salientes y la transmisión de cualquier clase de datos.

Parta constancia y validez se firma en la ciudad de Envigado, el ___________________________________, en dos documentos del mismo tenor.

ARRENDADOR

C.C.

 

ARRENDATARIO
C.C.